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Infonavit recuerda a cuentahabientes que su patrimonio cuenta con 3 tipos de Seguro

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Estas pólizas forman parte de la mensualidad, por lo que no se tiene que realizar ningún pago adicional para acceder a la cobertura

El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), recordó a sus derechohabientes que cuando saca un crédito para comprar una casa, la mensualidad, además del cobro de la tasa de interés, incluye el pago de seguros y cuotas, con los cuales protegerá su vivienda.

Detalló que los seguros que incluye el financiamiento son: Seguro de Daños por siniestro, Seguro de Desempleo (Fondo de Protección de Pagos) y Seguro por fallecimiento.

Respecto al primero (Seguro de Daños por siniestro), detalló que protege el patrimonio si sufre alguna afectación generada por una situación súbita e imprevista como un desastre natural y ayudará a reparar las afectaciones que haya tenido la casa o liquidará la totalidad de la deuda, en caso de pérdida total.

Tras enfatizar que ara acceder al mismo, el interesado debe estar al corriente del pago del crédito, señala que tiene hasta dos años para solicitarlo, a partir de la fecha en la que haya ocurrido algún siniestro, entre los que se consideran los siguientes: terremoto, erupción volcánica, desplazamiento de terreno, súbito e imprevisto, deslave

Asimismo, inundación, huracán, ciclón, afectación por granizo o nevadas, vientos tempestuosos, caída de árboles e incendio o explosión.

Por otra parte, reveló que si se contrató el crédito después de 2009, se cuenta con el Seguro de Desempleo, por lo que, en caso de el trabajador pierda su empleo mientras está pagando el crédito, sólo pagará el 10% de la mensualidad más los seguros y comisiones hasta por seis meses, pues el resto lo cubrirá el Infonavit con los recursos del Fondo de Protección de Pagos.

Detalló que este seguro lo puede solicitar hasta por seis meses cada 5 años, siempre y cuando se cumpla con los siguientes requisitos: Tener al menos un mes desempleado sin cotizar al IMSS, haber trabajado de manera formal al menos 6 meses y, que el crédito haya sido otorgado después de 2009.

En cuanto al Seguro por Fallecimiento, da a conocer que puede tramitar en caso de que el titular del crédito pierda la vida sin haber concluido el pago de su financiamiento, liberando a los beneficiarios de la persona acreditada de cualquier tipo de deuda ante el Instituto y no es necesario que el crédito se encuentre al corriente en sus pagos.

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