Inicio Política Confirma TEECH Decreto emitido por el Congreso respecto a exregidoras y exregidores...

Confirma TEECH Decreto emitido por el Congreso respecto a exregidoras y exregidores de Chalchihuitán

21

Ordenan al Legislativo que realice el procedimiento de ley para Regiduría vacante de Arriaga

Por unanimidad de votos, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas (TEECH) determinó confirmar el Decreto 257 emitido por el Congreso del Estado, respecto a la separación definitiva y /o renuncia de cinco Regidoras y dos Regidores del municipio de Chalchihuitán, pues en el desahogo de las pruebas técnicas que ofrecieron las y el inconforme no se acredita en modo, tiempo, lugar y circunstancias lo afirmado, en cuanto a la presión para renunciar, asimismo, los escritos firmados expresan categóricamente la solicitud de licencia definitiva y que fueron ratificadas por comparecencias voluntarias ante el Congreso del Estado, por lo que el Decreto impugnado fue emitido conforme a derecho, pues el Pleno del Congreso del Estado fundó y motivó su determinación en razón a que realizó una exposición de las circunstancias y hechos por la que determinó aceptar las licencias definitivas y/o renuncias, bajo la facultad otorgada por la normativa local aplicable.

Por otra parte, las y el impugnante también se manifestaron en contra de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente y del Presidente de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales del Congreso local, por la omisión de dar respuesta a los diversos oficios relacionados con la propuesta de designación de Presidente (a) Municipal por Ministerio de Ley, lo que el Tribunal Electoral lo calificó fundado porque no hay prueba alguna que acredite que el Congreso haya dado contestación alguna al escrito pero inoperante de conformidad en los artículos 80 y 81 de la Constitución local establece que el municipio con organización política será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente Municipal, el número de Síndicos y Regidores que la ley determine, por lo que es incuestionable que a falta de la mayoría de sus miembros la Legislatura del Estado designara un Concejo Municipal.

De la misma forma, el Pleno declaró inexistente la violencia política en razón de género en relación a Gloria Díaz Gómez, Agustina Díaz Núñez, y Marcela Pérez Núñez; así como la violencia política respecto a Mateo Pérez García, quienes promovieron los expedientes TEECH/JDC/034/2019 y su acumulado TEECH/JDC/035/2019.

En otro asunto, se resolvió el expediente TEECH/JDC/044/2019, promovido Fidel Comonfort Fernández, en su carácter de Regidor suplente, en contra del Oficio 87 signado por la Silvia Torreblanca Alfaro, en su calidad de Diputada Secretaria del Congreso del Estado de Chiapas, en el que informa que la Tercer Regiduría del Ayuntamiento de Arriaga, Chiapas, está ocupada por José Alfredo Toledo Blas.

Por lo anterior, el Pleno revocó el Oficio 87 y ordenó al Congreso del Estado de Chiapas para que realice el procedimiento legislativo de sustitución para cubrir la referida vacancia y dar contestación debidamente fundada y motivada sobre su pretensión de acceder al cargo, pues el oficio impugnado carece de un fundamento que lo sostenga como válido desde el punto de vista material, ya que la resolución del recurso de reconsideración SUP-REC-403/2019 no sólo produjo la restitución de los integrantes del Ayuntamiento como lo señaló el Congreso del Estado sino que, derivado de ello, y de los trámites subsecuentes, se nombró al tercer regidor como Presidente sustituto, esto mediante el Decreto 228 emitido por el propio órgano legislativo.
Cabe destacar que los agravios del actor son suficientes para calificarlos parcialmente fundador, lo cierto es que su pretensión no puede alcanzarse en el sentido de que esta autoridad determine su designación para ocupar el multicitado cargo, en atención a que, conforme con el artículo 81 de la Constitución corresponde al Congreso del Estado la designación de los integrantes de los Ayuntamientos, y no a este órgano jurisdiccional.

Y por último, en los expedientes TEECH/JDC/042/2019 y sus acumulados TEECH/JDC/043/2019 TEECH/JDC/045/2019, promovido por Alma Ruth Gutiérrez Vera, Adán Martín Méndez Díaz, María Candelaria López Morgan, Jorge Luis Gutiérrez Cruz y Fidel Comonfort Fernández, quienes se ostentan como Síndica, Regidora y Regidores del Ayuntamiento de Arriaga, en contra del Decreto 16, expedido por el que la Sexagésima Séptima Legislatura del Congreso del Estado de Chiapas, designó a José Alfredo Toledo Blas, como Presidente del Ayuntamiento de Arriaga, Chiapas, en el proyecto se propone sobreseer los Juicios Ciudadanos 042/2019 y 043/2019, y desechar de plano el relativo al 045/2019, al actualizarse la causal de improcedencia contemplada en los artículos 324, numeral 1, fracción XII, parte final; 325, numeral 1, fracción III y IV; y 346, numeral 1, fracción II, todos del Código de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí