Inicio Destacadas Alcaldes en la mira; ya no podrían reelegirse

Alcaldes en la mira; ya no podrían reelegirse

110

MISAEL AUTE

Los alcaldes de Chiapas podrían ver sus anhelos de reelegirse frustrados de llegar a aprobarse una reforma en la que se pretende ampliar su mandato tres meses, es decir que cumplan 39 meses de administración a fin de que realicen la homologación del periodo de gobierno municipal al año calendario o ejercicio fiscal que va del primero de enero al treinta y uno de diciembre.

La propuesta, misma que fue dictaminada por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales del Congreso del estado y cuya copia posee este medio de comunicación, seria votada el pasado miércoles en sesión virtual, sin embargo, de último momento la reunión fue pospuesta y no cuenta áun con fecha definida para realizarse.

El cambio citado implicaría modificar la Constitución Política de la entidad, principalmente en su Artículo 28 que a la letra señala: «La elección consecutiva de los diputados a la Legislatura del Estado podrá ser hasta por cuatro periodos; así mismo, los presidentes municipales, regidores y síndicos podrán ser electos por un periodo adicional. En ambos supuestos, la postulación solo podrá ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que los hubiere postulado, salvo que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato y de conformidad con lo establecido en la ley respectiva».

Con el cambio, el citado Artículo quedaría de la siguiente forma: «»La elección consecutiva de los diputados a la Legislatura del Estado podrá ser hasta por cuatro periodos, la postulación solo podrá ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que los hubiere postulado, salvo que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato y de conformidad con la ley respectiva» asi las cosas, el tema referente a la reelección de Presidentes Municipales quedaria borrada por completo.

Dentro de los justificantes para hacer el cambio, el dictamen subraya que la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios. deben ser ejercidos durante el año fiscal, por lo que en caso de no ser devengados al 31 de diciembre del año que corresponda, deben ser reintegrados a la Tesoreria de la Federación. «Lo anterior representa para los Ayuntamientos la necesidad de una adecuada planeación, programación, licitación, contratación ejecución y comprobación de dichos recursos, implica que las administraciones municipales deben concluir con el ejercicio fiscal, a fin de no privar a la colectividad del beneficio de las obras y proyectos financiados con dichos recursos», anota la propuesta.

Señala que es menester advertir la compleja situación que atraviesan los Ayuntamientos al momento del cambio de administración municipal y durante el proceso de entrega-recepción de las administraciones, las cuales disienten con el año fiscal y se realizan a partir del 01 de octubre, es decir 3 meses antes de concluir el ejercicio financiero sin que en muchos de los casos logren concluir a causa de la falta de información financiera, la falta de conclusión de obras, políticas y programas púbicos.

Advierte que lo anterior genera opacidad para las administraciones entrantes y enormes dificultades de liquidez financiera para los Ayuntamientos, pues ante la falta de planeación, previsión y programación de la administración saliente hasta el 31 de diciembre, los Ayuntamientos entrantes se ven impedidos económicamente a dar cumplimiento al pago de salarios, aguinaldos y pasivos contrados por la administración siguiente.

«Proponemos que el periodo o ejercicio de gobierno de los Ayuntamientos tenga una duración de tres años y tres meses, a fin de realizar la homologación del periodo de gobierno municipal al año calendario o ejercicio fiscal que va del primero de enero al treinta y uno de diciembre, lo que habrá de facilitar a los entes públicos el registro y la fiscalización de los activos pasivos ingresos y gastos y, en general contribuir a medir la eficacia, economía y eficiencia del gasto e ingreso públicos, asi como al logro de las metas de los programas y la consecución de las políticas públicas de los planes municipales de desarrollo», destaca el resolutivo elaborado por los diputados.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí