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Torres no solo compra a sobreprecios, también lo hace a empresas irregulares

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MANUEL MONROY

Si el Ayuntamiento compra a un contribuyente irregular, el municipio incurre también en una irregularidad, según el Sistema de Administración Tributaria (SAT)

Las acusaciones respecto a que el gobierno de Ángel Torres Culebro hace compras a precios inflados, fueron refrendados por la 7a Regidora, Areli Latournerie, quien ahora sumó una anomalía más, asegurando que estas transacciones se hacen con empresas que no están dadas de alta de forma transparente ante las autoridades Tributarias.

Luego de que la semana pasada el Presidente Municipal saliera a rechazar que su administración compra insumos a sobreprecio, tocó responder esta semana a la Regidora, quien subrayó que cuando dio a conocer estas inconsistencias (dos semanas atrás), no se manifestó contra los programas de apoyo a la población.

«Precisé que debemos incentivar la economía tuxtleca, comprando a negocios establecidos en la capital y manifesté mi total desacuerdo con la forma en que se realizan las adquisiciones», dijo y recordó que presentó pruebas de cómo el Ayuntamiento, en diciembre de 2024, hizo compras que presentan incongruencias.

Hizo saber que el artículo 1, del Reglamento de Adquisiciones, enfatiza que los sujetos obligados están sujetos a cumplir los principios de legalidad, honestidad, honradez, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, imparcialidad, control y rendición de cuentas.

Criticó al alcalde, quien cuando se defendió de las acusaciones, presentó cotizaciones posteriores al mes donde se hallaron las inconsistencias (diciembre), siendo que los estudios de mercado deben hacerse previo a que se adquiera un bien o servicio. «Torres presentó cotizaciones de febrero de 2025, cuando debió dar a conocer su estudio de mercado de diciembre de 2024, mes del que se discute hubo anomalías», recalcó.

Recalcó que las dos empresas a las que se les compra y las cuales tienen el mismo domicilio fiscal, deben poner en orden esa situación, pues según el artículo 10, fracción II, y Artículo 27, apartado B, fracción II, del Código Fiscal de la Federación (de aplicación para todos), están cayendo en actividades ilegales.

«En materia del Registro Federal de Contribuyentes se señala que el dueño debe proporcionar la información relacionada con la identidad, domicilio y en general sobre la situación fiscal conforme lo establece el mencionado Código», anotó y alertó que, si el Ayuntamiento compra a un contribuyente irregular, el municipio incurre también en una irregularidad, según el Sistema de Administración Tributaria.

Latournerie afirmó que en esa situación se encuentran Ikal Promotora de Servicios Integrales para la Construcción SA de CV y Exato  Productos Innovadores y Servicios Integrales, las cuales hasta febrero pasado «no tenían dada de alta la actividad a la que se dedican ante el SAT. «En este caso el contribuyente es omiso, pero también lo es el Ayuntamiento al contratar estas empresas sin estar debidamente establecidas».

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