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Con cuatro votos a favor y uno en contra, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Congreso del Estado de Yucatán despenalizar el aborto en la entidad.
Con ello, los ministros resolvieron de manera favorable un amparo presentado por la asociación civil Servicios Humanitarios en Salud Sexual y Reproductiva, que brinda servicios de interrupción del embarazo.
Esta organización solicitó cancelar los artículos 389, 390, 392 y 393 del Código Penal de Yucatán al considerar que su aplicación criminalizaría la práctica de aborto.
De acuerdo con el proyecto -presentado por la ministra María Margarita Ríos Farjat– diseñado para atender este recurso legal, la cancelación de estos artículos solo aplicaría para atender a las usuarias de la asociación Servicios Humanitarios en Salud Sexual y Reproductiva.
No obstante, tres ministros determinaron ampliar el amparo, por lo que ordenaron al Congreso de Yucatán derogar los artículos solicitados.
Con este falló Yucatán se convertirá -si no existe desacato por parte de los legisladores- en el estado 15 que evitará sanciones por cometer esta práctica.