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Proponen hasta 5 años de prisión a quien lucre con datos personales

Legisladores proponen cambios a la ley para imponer de seis meses a cinco años y una multa equivalente de 60 a 600 veces la UMA al que, con el fin de alcanzar un lucro indebido, trate datos personales mediante el engaño, aprovechándose del error en que se encuentre el titular o la persona autorizada para transmitirlos.

Otra modificación considera sancionar de tres meses a tres años de prisión y una multa equivalente de 50 a 500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) al que, estando autorizado para tratar datos personales, con ánimo de lucro, provoque una vulneración de seguridad a las bases de datos bajo su custodia.

Fátima Almendra Cruz Peláez y Luis Edgardo Palacios Díaz, legisladores del PVEM presentaron una iniciativa por el que se reforman los artículos 67 y 68 de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares la cual es fundamental para salvaguardar la privacidad de las personas, ya que cada individuo tiene el derecho de mantener ciertos aspectos de su información fuera del alcance de terceros no autorizados.

Los representantes populares señalaron que actualmente el país es testigo de casos de robo de identidad, diversos tipos de fraudes «o bien simplemente somos objeto de llamadas telefónicas para ofrecer servicios bancarios y de otros tipos, sin que exista autorización para que nuestros datos personales estén en poder de esas empresas».

Lamentaron que aún cuando se cuenta con un marco legal que atiende el tema e impone obligaciones para quienes tratan datos personales, lo cierto es que cada vez son más los casos de uso indebido de esta información.

En este sentido, hoy en día, en diversos países existen leyes y regulaciones que fijan obligaciones para las organizaciones que deben proteger la información personal de sus clientes y empleados, tal es el caso de la Unión Europea, que establece multas sustanciales por incumplimiento, que pueden ascender hasta el 4 por ciento del volumen de negocios anual global de una organización o 20 millones de euros.

«Nuestro país no es la excepción, ya que la protección de datos personales es un derecho reconocido en el artículo 16, 2do párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual establece que toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de estos, así como a manifestar su oposición», señalaron.

Sin embargo, esto no ha sido suficiente para desincentivar a los sujetos obligados que hacen mal uso de dicha información propiciando que termine en manos de terceros que la utilizan para hostigar a las personas ofreciendo diversos servicios, los cuales muchas veces nada tienen que ver con el objeto por el que se otorgó la información personal.

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