Proceso
CIUDAD DE MÉXICO (apro) .- La Cámara de Diputados aprobó una reforma que permite portar armas a funcionarios de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), Petróleos Mexicanos (Pemex), el Servicio de Administración Tributaria (SAT), Casa de Moneda, CNI (Centro Nacional de Inteligencia) y el Banco de México (Banxico).
La reforma que modifica 57 artículos a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, presentada en su momento por el expresidente Andrés Manuel López Obrador, fue aprobada con 476 votos a favor y dos abstenciones. Ahora pasará al Senado para su discusión.
La reforma busca permitir que integrantes de empresas paraestatales, organismos autónomos y empresas de seguridad privada cuenten con una licencia para que porten armas de fuego para cumplir funciones de seguridad, siempre que justifiquen la necesidad de hacerlo y cumplan con los requisitos establecidos por la ley.
Además, la enmienda contempla que ejidatarios, comuneros y jornaleros del campo puedan poseer un rifle calibre .22’’ o una escopeta de cualquier calibre en sus domicilios para su “legitima defensa”, siempre y cuando acrediten de manera clara su actividad en el sector rural.
Además, se aprobó que Sedena otorgue, niegue, suspenda o cancele permisos de adquisición y licencias de portación de armas automáticas calibre 7.62 mm, similares y superiores.
Sumado a esto, también se amplió la lista de armas de fuego que pueden tener las personas físicas para fines de seguridad y legítima defensa.
Al mismo tiempo, se incrementó el número de armas consideradas de uso exclusivo del Ejército y se prohibió la fabricación, uso y portación de armas, piezas y componentes tridimensionales elaborados de manera artesanal.
La reforma también incluyó los requisitos para quienes deseen obtener un permiso para portar armas, entre los cuales se destaca la necesidad de comprobar que el solicitante esté en buen estado físico y mental, así como que no consuma drogas.
A su vez, se estableció una frecuencia específica para la venta de municiones: anualmente para la protección personal, trimestralmente para actividades cinegéticas, y mensualmente para el personal acreditado del Ejército.