SINFUERO
El Congreso del estado de Chiapas está integrado por 40 diputados, 24 de mayoría relativa y 16 de representación proporcional. Entre las principales responsabilidades de los integrantes de la LXVIII Legislatura, cuya gestión inició el pasado 1 de octubre, están:
-Legislar en las materias que no estén reservadas al Congreso de la Unión, así como en aquellas en que existan facultades concurrentes de acuerdo con el pacto federal.
-Aprobar o rechazar las reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
-Examinar y aprobar el Plan Estatal de Desarrollo, los programas sectoriales, especiales y regionales para el desarrollo que presente el Ejecutivo del Estado, así como los Planes Municipales de Desarrollo que presenten los Ayuntamientos para el periodo de su encargo.
-Examinar, discutir y aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos y fijar, las contribuciones con que haya de ser cubierto, en vista de los proyectos que el Ejecutivo presente.
-Legislar y establecer las bases conforme a las cuales el Estado, los municipios y las entidades de la administración pública paraestatal y paramunicipal, podrán contratar obligaciones o empréstitos, siempre que los recursos correspondientes se destinen a inversiones públicas productivas.
-Crear o suprimir Municipios, una vez que se hayan satisfecho los requisitos que la Ley respectiva establezca.
-Revisar la cuenta pública del año anterior presentada por el Estado y los municipios, con el objeto de evaluar los resultados de la gestión financiera, comprobar si se han ajustado a los criterios señalados por el Presupuesto y verificar el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas. El Congreso concluirá la revisión a más tardar el 31 de octubre del año siguiente al de su presentación.
El Congreso tiene dos órganos de gobierno, la Junta de Coordinación Política –integrada por los coordinadores de cada grupo parlamentario— y la Mesa Directiva, la cual está conformada por un presidente, dos vicepresidentes, dos secretarios y dos pro-secretarios, electos por mayoría absoluta de los diputados que integran la legislatura.
Atribuciones de la Junta de Coordinación Política:
-Impulsar la conformación de acuerdos relacionados con el contenido de las propuestas, iniciativas o minutas que requieran de su votación en el pleno, a fin de agilizar el trabajo legislativo;
-Elaborar el proyecto de presupuesto anual de egresos del Congreso del estado, para su remisión al titular del Poder Ejecutivo estatal, a fin de que sea integrado al proyecto de presupuesto de egresos del estado.
-Asignar los recursos humanos, materiales y financieros, así como los locales que correspondan a los grupos parlamentarios;
-Presentar a la Mesa Directiva y al pleno, proyectos de puntos de acuerdo, pronunciamientos y declaraciones del Congreso del estado que entrañen una posición política del órgano colegiado;
-Elaborar el programa legislativo de cada periodo de sesiones, el calendario de trabajo para su desahogo y realizar reuniones con la Mesa Directiva, o con su presidente, para dichos efectos;
-Controlar y vigilar la adecuada aplicación de los recursos económicos de cada ejercicio fiscal del Poder Legislativo.
Atribuciones de la Mesa Directiva:
-Conduce las sesiones del Congreso del estado y asegura el debido desarrollo de los debates, discusiones y votaciones del pleno.
-Presidir los debates y votaciones del pleno y determinar el trámite de los asuntos.
-Formular y cumplir el orden del día para las sesiones, el cual distinguirá claramente los asuntos que requieran votación de aquellos otros solamente deliberativos o de trámite.
-Asegurar que los dictámenes, acuerdos parlamentarios, mociones, comunicados y demás escritos, cumplan con las normas que regulan su formulación y tiempos de presentación.
-Designar las comisiones de cortesía necesarias para cumplir con el ceremonial.
-Conducir las relaciones del Congreso del estado con los otros poderes del estado, las autoridades locales del estado, los poderes de la federación y demás entidades federativas; así como la representación en diplomacia parlamentaria, designando para tal efecto a quienes deban representar al congreso del estado en eventos de carácter estatal y nacional.
-Disponer que la información del trabajo de los diputados, sea difundida a los medios de comunicación en condiciones de objetividad y equidad.