Inicio Destacadas APRUEBAN DIPUTADOS REGULAR OBJECIÓN DE CONCIENCIA PARA MÉDICOS Y ENFERMEROS

APRUEBAN DIPUTADOS REGULAR OBJECIÓN DE CONCIENCIA PARA MÉDICOS Y ENFERMEROS

63

Río Doce

La Cámara de Diputados aprobó una reforma a la Ley General de Salud para regular la objeción de conciencia, decisión que dividió a integrantes del Frente Amplio por México (FAM), ya que legisladores de Partido Acción Nacional (PAN) votaron en contra.

Según prevé la bancada del PAN, el dictamen que fue aprobado con 291 votos a favor y 106 en contra, de diputados de Acción Nacional, provocará demandas de amparo en virtud de que se criminaliza y deja en indefensión al personal de salud, debido a que con la reforma el derecho de objeción de conciencia deberá ser autorizado por autoridades de Salud, y no podrán ser objetores si no hay suficientes médicos no objetores.

Esta reforma indica que por objeción de conciencia deberá entenderse como el derecho individual que tienen profesionales médicos y de enfermería adscritos al Sistema Nacional de Salud para excusarse de realizar un acto médico, legalmente aprobado y jurídicamente exigible, al considerarlo incompatible con sus convicciones religiosas, principios morales o de conciencia ética.

Con ello, agregan que médicos y enfermeros nunca podrán hacer valer su derecho a objetar con base en su conciencia, porque la insuficiencia de profesionales de la salud es una constante.

Esta excusación, solo podría ejercerse por trabajadores de la salud que participen directamente en los procedimientos sanitarios sujetos a la objeción.

Para ejercer el derecho, los médicos o enfermeros en cuestión deberían como requisito haber notificado a la institución donde prestan sus servicios.

Sin embargo, se incluyen excepciones al ejercicio de la objeción de conciencia, pues no podrá invocarse cuando esté en riesgo la vida del paciente, se trate de alguna urgencia médica, o involucre una carga desproporcionada para el sufriente.

Como candado a la regulación, este derecho no será procedente cuando haya insuficiente personal médico profesional o de enfermería no objetor.

La objeción de conciencia es cuando el cumplimiento de una Ley se opone a las convicciones personales de alguien, se produce un conflicto ético. Dicho conflicto aparece entre dos dimensiones: el marco de la ley que debe respetarse y la conciencia individual.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí