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Aprueba IEPC lineamientos para regular las actividades en procesos políticos

Advierte que el incumplimiento a estas disposiciones será motivo de sanción en términos de la LIPECH

De cara al Proceso Electoral Local 2024 y en aras de garantizar los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, y de conformidad con la recientemente aprobada Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Chiapas (LIPECH), en la que se dota al Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) de Chiapas, de facultades para emitir normas para regular procesos políticos, el Consejo General aprobó en sesión urgente los “Lineamientos para regular los actos, actividades y propaganda realizados en los procesos políticos”.

Al respecto, la consejera electoral Gloria Esther Mendoza Ledesma, presidenta de la Comisión Permanente de Quejas y Denuncias, explicó que estos lineamientos buscan establecer las directrices a las que se deberán sujetar las actividades de las y los actores políticos, a fin de garantizar un marco de competencia electoral transparente, equitativo y certero.

Agregó que las disposiciones aprobadas tienen como objetivo implementar las reglas a las que se deberán sujetar las actividades de las y los actores políticos, cuya finalidad sea establecer una estrategia encaminada a posicionar y/o definir liderazgos políticos, que podrían ostentar una precandidatura o candidatura en el proceso electoral.

En estos Lineamientos se prevé la obligación de los sujetos obligados de informar sobre las etapas de tales procesos y su desarrollo, proporcionando la agenda de eventos y actos programados, calidad de las personas convocadas (militantes, simpatizantes, ciudadanía en general), detallando fecha, lugar y horarios considerados por las y los organizadores en el calendario que rija el proceso político.

Dichos Lineamientos, prevén reglas sobre actos, propaganda, encuestas, intervención de personas servidoras públicas y uso de recursos públicos, prerrogativas de acceso a radio y televisión, financiamiento, fiscalización y gastos.

Asimismo, se establece la regulación respectiva de monitoreos y visitas de verificación que llevará a cabo el IEPC, el deber de los sujetos obligados de presentar informes, contando además con un apartado de quejas y denuncias, para el supuesto de inobservancia a las previsiones plasmadas.

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