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Ministros coinciden en que la prisión preventiva oficiosa viola derechos; harán nuevos proyectos para hallar camino que la limite

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Animal Político

Luego de tres jornadas de discusión esta semana en el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), se ha vuelto a aplazar el debate sobre si la prisión preventiva oficiosa en México es violatoria o no de derechos humanos y debe limitarse en la Constitución.

Los ministros Luis María Aguilar y Norma Lucía Piña, autores de los dos proyectos en discusión, anunciaron la mañana de este jueves que retiran dichos documentos para elaborar nuevos, con el fin de buscar un mayor consenso entre los 11 integrantes del pleno. Hasta el momento, no hay una fecha fijada para el nuevo análisis y la posterior votación.

En las dos sesiones previas del lunes y martes, una mayoría de ministros se mostró en contra del uso de la prisión preventiva oficiosa, aquella que se aplica en automático cuando a una persona el Ministerio Público le imputa algunos de los delitos establecidos en el artículo 19 constitucional, que van desde homicidio hasta robo.

“Es unánime que el uso excesivo de la prisión preventiva oficiosa es contrario a los derechos humanos”, recalcó hoy el ministro Aguilar.

“La ministra Yasmín Esquivel dijo que no es deseable; el ministro Ortiz, que es contraria a los derechos humanos; los ministros Alcántara y Ríos Farjat, que es inconstitucional; los ministros Pardo y Laynez, que es desproporcional, y los ministros Zaldívar, Gutiérrez y Piña, que es contraria a los derechos humanos”, enumeró.

Sin embargo, a pesar de esta postura de condena mayoritaria, varios de los 11 ministros no estuvieron de acuerdo con que la Corte pueda modificar o eliminar ese artículo 19, pues esa tarea —dijeron— solo compete al Congreso.

Este, precisamente, fue el punto que generó una mayor división entre los ministros, de los cuales Yasmín Esquivel, Loretta Ortiz y Alberto Pérez Dayán anunciaron abiertamente en la sesión del lunes que votarían en contra del proyecto Aguilar.

“No me corresponde asumir una tarea que no se me otorgó. No soy quién para desprender hojas de la Constitución”, “La Constitución es un coto vedado para nosotros, no nos corresponde inaplicarla, sino armonizarla” y “Sería una falacia que, al tiempo que estamos llamados a proteger la Constitución, llamemos ahora a desaplicarla” fueron algunas de las frases contrarias al proyecto de Aguilar.

“Los derechos humanos están por encima”
Ante estas posturas, Aguilar dijo que la SCJN estaba ante “una gran oportunidad” para encontrar un consenso que resuelva un tema de gran trascendencia en la vida pública del país, y que pueda ayudar —sostuvo— tanto a las víctimas de la inseguridad como “también a los imputados que pueden llegar a convertirse en víctimas de un sistema penal que les ha coartado la libertad”.

Asimismo, el ministro matizó que su proyecto no busca modificar ni eliminar artículos de la Constitución, sino hacer “un ejercicio interpretativo para armonizar el texto constitucional y definir sus límites”.

“La Suprema Corte no puede declarar la invalidez de la Constitución, absolutamente no, ni se ha propuesto la invalidez del artículo 19”, reiteró.

En este sentido, adoptando la postura expresada el martes por el ministro presidente, Arturo Zaldívar, Aguilar explicó que el artículo 1 de la Constitución establece una protección amplia de los derechos humanos, y que este debería prevalecer por encima de las restricciones que establece el artículo 19, que contiene el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa. Por ello, si bien no se busca eliminar ese artículo, sí debería interpretarse que el artículo 1 está por encima, argumentó.

“Debemos armonizar el sistema constitucional mexicano a través de la interpretación y dar coherencia al sistema, por lo que debemos optar siempre por la mejor manera de proteger los derechos humanos”, planteó. “Y no armonizar la Constitución equivaldría no aplicar ese artículo 1 que protege los derechos humanos”.

En cuanto a las declaraciones vertidas desde Palacio Nacional, acerca de que eliminar la prisión preventiva equivaldría a dejar a muchos delincuentes en libertad de inmediato, el ministro reiteró que “esta idea es equivocada”, pues lo que se busca limitar es la prisión preventiva oficiosa, no la justificada, que es aquella en la que el Ministerio Público sí debe justificar por qué una persona debe permanecer presa mientras dure su proceso y un juez debe analizar si los argumentos de los fiscales son o no suficientes para decretarla. Además, subrayó que el contexto de violencia y de inseguridad que atraviesa el país “no debe justificar el uso desmedido de la prisión preventiva oficiosa”.

“Solo propuse una interpretación constitucional para proteger a las personas más pobres y vulnerables que, la mayoría de las veces, no tienen acceso a una defensa adecuada”, dijo Aguilar, que recordó que, según datos oficiales y de organizaciones civiles, el 65% de las personas en prisión preventiva oficiosa en México no cuentan con estudios superiores y más del 50% son menores de 35 años.

Además de estos datos, Animal Político documentó en una investigación conjunta con Intersecta que, especialmente en este sexenio en el que se amplió el catálogo de delitos del artículo 19, la prisión preventiva oficiosa se convirtió en “el arma que encarcela a pobres e inocentes”.

“La prisión preventiva oficiosa destruye estudios, trabajos y familias enteras, a costa de derechos humanos fundamentales como el de la presunción de inocencia y la libertad”, concluyó Aguilar, para luego anunciar que elaborará un nuevo proyecto que busque el consenso que este primero no logró.

“Retiro el proyecto para reconstruir la propuesta y tratar de unir los puntos de conexión, así como matizar los puntos que nos separan”, apuntó.

Por su parte, la ministra Norma Lucía Piña anunció que también decidió retirar otro proyecto que también busca limitar la prisión preventiva oficiosa, para elaborar uno nuevo que busque un mayor consenso.

“Mi deber me exige construir un proyecto de sentencia que asuma el gran reto de encontrar aquellos argumentos que nos llevan a converger no solo en que la prisión preventiva oficiosa es contraria a los derechos humanos, sino también en los postulados legales que sustenten esta determinación”, enfatizó.

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