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¡El presidente ya podrá ser juzgado!

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  • Diputados aprueban eliminación del fuero
  • El presidente en funciones no solo podrá ser juzgado por traición a la patria, pues el catálogo de delitos se extendió

Este martes, el Pleno de la Cámara de Diputados avaló la reforma al artículo 19 de la Constitución, con lo que se eliminó el fuero al presidente de la República, en consecuencia, no solo podrá ser juzgado por traición a la patria.
Entre los ilícitos por los que ahora  se podrá juzgar al titular del poder Ejecutivo federal se encuentran: Corrupción, delitos electorales, abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, desaparición forzada y los determine la ley en contra de la seguridad de la nación.

Estas nuevas normativas pasaron por mayor calificada, con 420 votos a favor, 29 en contra y cinco abstenciones; ahora se devuelve, con modificaciones, al Senado de la República para su análisis y futura ratificación.

Asimismo, en el dictamen quedó establecido que el único ente gubernamental que podrá proceder penalmente en contra del mandatario es el Cámara Alta, mismo quien resolverá “con base en la legislación penal aplicable”.

Por otro lado, las bancadas de oposición celebraron que el catálogo de delitos por los que ahora se puede imputar al presidente en funciones se haya extendido, sin que esto necesariamente elimine la inmunidad procesal del Ejecutivo.

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