Milenio
El Tribunal Electoral confirmó que Xóchitl Gálvez, el PRI, el PAN y el PRD deben ser multados por usar indebidamente el logo del Instituto Nacional Electoral, pues generaron confusión en la ciudadanía al vincular a la autoridad electoral con su proyecto político en plena campaña.
MILENIO adelantó ayer que la magistrada presidenta, Mónica Soto, presentó un proyecto que se votaría este miércoles en el que confirmaba las multas impuestas por la Sala Regional Especializada por 21 mil 714 pesos para Xóchitl Gálvez y 10 mil 857 para cada uno de los partidos políticos que la impulsaron, por el uso indebido del logo del INE.
Esta tarde, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación lo confirmó por unanimidad, al sostener que no había elemento alguno para justificar que, desde su red social, la candidata presidencial publicara fotografías de propaganda electoral con el logo del INE, como si se tratara de información oficial del árbitro electoral.
“Generó confusión en la ciudadanía, vulnerando con ello los principios de certeza, legalidad y equidad en la contienda. La utilización del logo del INE pudo confundir al electorado, al percibirse que dicha propaganda había sido emitida por la autoridad electoral, en detrimento de alguna postura de las candidaturas participantes.
“Si consideraban que había un mal uso de programas sociales, tanto los partidos políticos como candidaturas contaban con los cauces legales necesarios para imponer las denuncias que estimaran pertinentes”.
El PRD alegó que, si la denuncia es por el uso del logotipo del INE, entonces el TEPJF no tenía competencia para pronunciarse y debía ser el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, pero sus alegatos se declararon infundados.
El proyecto concluyó que “la utilización del logotipo del INE en el asunto que nos ocupa se generó por una candidata a la Presidencia de la República, como parte de una estrategia de propaganda electoral” y que “la presente controversia no derivó del uso o utilización del logotipo del INE con fines comerciales, sino puramente electorales, por lo que no podría ser conocida por una institución de índole industrial, sino de carácter electoral”.
La Sala Superior confirmó que Xóchitl Gálvez debe pagar una multa individual por las publicaciones, pero también los partidos políticos que la impulsaron por falta a su deber de cuidado en las acciones de su candidata presidencial.
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